¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es el procedimiento de regularización mediante el cual un extranjero que ha vivido durante 3 años en España de manera continuada puede conseguir la residencia en el territorio español.
Esta residencia le permitirá residir y trabajar en el país durante 1 año, con la posibilidad de renovar o modificar a otro tipo de residencia posteriormente.
Se denomina también autorización de residencia por circunstancias excepcionales, y se regula por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
Juntamente con el arraigo familiar y el laboral, conforman los tres tipos de residencia temporal que cualquier extranjero puede conseguir tras haber residido de manera ilegal en el país, sin un permiso de residencia o visado, durante un periodo mayor a 1 año.
El arraigo social es una vía para poder obtener una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. De hecho, es la opción más utilizada por los extranjeros que se encuentran en España y quieren regularizar su situación.
Requisitos para solicitar y obtener el arraigo social
Para poder obtener la autorización de residencia en España por arraigo social, se deberán cumplir todos los requisitos previstos en el artículo 124.2 del Reglamento de extranjería, del que te hablábamos unas líneas más arriba. Estos requisitos son:
- No ser ciudadano de un estado perteneciente a la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anteriores por delitos existentes en el ordenamiento español.
- Haber permanecido un periodo mínimo de 3 años en España de manera continuada. Para poder cumplir con este requisito, las ausencias en el país durante estos años no pueden superar los 120 días. La mejor manera de acreditar esta estancia continuada, será a través del certificado de empadronamiento.
- No tener prohibida la entrada en España.
- Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o con españoles; o bien contar con un informe que demuestre que verdaderamente existe una integración social. Este informe debe ser emitido por la comunidad autónoma en la que se encuentre el domicilio del interesado.
- Contar con un contrato de trabajo firmado por un período mínimo de un año. Además, la empresa o el empleador deben aparecer inscritos en la Seguridad Social y estar al tanto de sus obligaciones.
Solicitud
En Centro de Atención Social podemos ayudarte a tramitar la nueva prestación del Arraigo Social.
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